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Investigadoras CIAPEC abordan los desafíos pendientes de la Ley de Etiquetado tras por infracción de empresa de ultraprocesados

Ago 21, 2023 | Prensa

La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó el recurso de una empresa por usar figuras animadas en los productos «Gatolate» y «Cheetos» dirigidos a menores, infringiendo Ley de Etiquetado y Publicidad de los Alimentos. Investigadoras CIAPEC, Camila Corvalán y Fernanda Mediano (PUC) comentan los desafíos pendientes de la normativa en internet.

 

La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó esta semana un recurso de casación interpuesto por la empresa Evercrisp Snack Productos de Chile SA. El fallo fue adoptado en contra de la multa aplicada por la Secretaría Ministerial de Salud, tras utilizar figuras animadas en envases de los productos «Gatolate» y «Cheetos» dirigidos a menores de edad, infringiendo la Ley de Etiquetado y Publicidad de Alimentos (leer esta noticia).

En lo que va de 2023, en la región Metropolitana se han cursado más de 250 fiscalizaciones solamente del cumplimiento de la ley de etiquetado. «De ellas, son 62 sumarios sanitarios en los que se obliga a restaurantes o supermercados que estén vendiendo o infringiendo alimentos sin el debido etiquetado», detalló el seremi de Salud RM, Gonzalo Soto.

A siete años desde la implementación de la normativa, esta ha demostrado tener efectos en la baja del consumo de alimentos poco saludables gracias a los sellos presentes en los alimentos. Esto, especialmente, en niños y jóvenes, quienes constituyen uno de los grupos con mayores cifras de obesidad en el país, con un 60% de prevalencia según Junaeb.

Durante 2019 y 2020, más del 90% de niñas, niños y adolescentes reportaron notar frecuentemente los sellos, y un tercio indicó usarlos frecuentemente al momento de decidir qué comprar o comer. Sin embargo, expertos advierten que aún quedan desafíos pendientes, especialmente, en materia de restricciones en la publicidad dirigida a menores de 14 años.

 

¿Qué dice la normativa?

La Ley de Etiquetado de Alimentos comenzó a regir en junio de 2016, y establece que los envases o etiquetas de los alimentos deben indicar los ingredientes que contienen y su información nutricional. Además se debe informar, al menos, los contenidos de energía, azúcares, sodio y grasas saturadas.

Otra de las aristas de la normativa, y que fue la que incumplió Evercrisp, tiene relación con la prohibición de la publicidad dirigida a menores de 14 años de los alimentos con altos índices en energía, azúcares, sodio y grasas. En esta línea, la ley prohíbe utilizar en su venta, “ganchos” promocionales como regalos, concursos, juegos, adhesivos y juguetes.

«La única excepción de este tipo de ‘ganchos’ es cuando se está vendiendo un producto alimenticio que no tiene sellos. Son los únicos casos en los que se puede publicitar», explica el seremi de Salud RM.

La ley también fija horarios para la publicidad de comida no saludable. Esta, según la normativa, podrá hacerse en horario nocturno en medios de comunicación masivos y tendrá que llevar un mensaje que promueva hábitos de vida saludables. «La regulación prohíbe que cualquier alimento ‘Alto en’ pueda ser publicitado en televisión desde las 6:00 de la mañana hasta las 18:00 horas. Es una regulación muy potente que está tratando de reducir la exposición a cualquier tipo de publicidad de alimentos ‘Alto en’ en televisión», destaca la investigadora asociada del CIAPEC y académica de Psicología UC Fernanda Mediano.

«Es importante tener este tipo de regulaciones, porque los niños, niñas y adolescentes todavía no tienen todas las habilidades para identificar un contenido persuasivo y aplicar un criterio crítico sobre la información. Si cuentan con las habilidades, puede ser que no tengan la motivación para resistir a ese mensaje de marketing», comenta la doctora en Comunicación.

 

Publicidad para menores

Mediano explica que, tras la implementación de la normativa, investigaciones han constatado una baja significativa en el uso de estas estrategias persuasivas dirigidas a niños en los envases de alimentos. «En la televisión vimos una reducción muy importante de la publicidad de alimentos ‘Alto en’. Por ejemplo, si comparamos el año 2016, antes de que se implementara la regulación, con el 2019, vemos una disminución del 64% de publicidades que estaban promocionando alimentos ‘Alto en’. La exposición de niñas, niños y adolescentes a este tipo de publicidad también se redujo en un 57% muy significativo», indica Mediano.

Las empresas que falten a la normativa arriesgan multas que pueden llegar a los $60 millones, además de eliminar la publicidad de sus redes sociales y la eliminación de los productos ‘Alto en’ del mercado.

Mediano asegura que las regulaciones «están siendo efectivas y van en la línea esperada«. Sin embargo, advierte que en el ámbito digital hay desafíos pendientes, ya que la publicidad en internet es más difícil de regular, sobre todo, en las redes sociales: «Hay medidas que se pueden tomar. Lo primero es establecer regulaciones a la privacidad de los datos de niñas, niños y adolescentes en internet para evitar que se haga publicidad dirigida específicamente para ellos. Por otro lado, sabemos que la publicidad pagada de las compañías la podemos trazar, y esto sería controlable y fiscalizable».

En la misma línea, la médico e investigadora del INTA-Universidad de Chile, Camila Corvalán, advierte que aún quedan aristas pendientes por mejorar en la normativa respecto a la publicidad: «Es destacable que podríamos avanzar en tener restricciones de publicidad que sean mas globales en relación a lo que ocurre en la publicidad digital, en espacios de Internet y con los influencers«.

 

Sellos en comida rápida

Otro problema de la actual Ley de Etiquetado es que no regula la presencia de sellos en la comida rápida, como hamburguesas o papas fritas. Así lo señala el seremi de Salud metropolitano, quien agrega que «eso todavía está en trámite legislativo. Sería muy importante avanzar en eso, sobre todo si estamos en esta pandemia de la obesidad«.

«Se podría extender el ámbito de aplicación de la Ley de Etiquetado para que se incluya la comida rápida. Esto implica que en los lugares en persona y en línea se podría informar a los consumidores sobre los alimentos que presentan mayores niveles de azucares, grasas, sodio, calorías, para que las personas puedan escoger entre alternativas que no tengan sellos idealmente o menos sellos que las otras alternativas», señala Corvalán.

Además, la académica afirma que se podría avanzar en la aplicación de impuestos para alimentos poco saludables. «Tenemos la posibilidad de regular la oferta de alimentos en supermercados, tiendas, lugares de trabajo, hospitales, y tenemos bastantes acciones que se pueden implementar para promover que las personas tomen decisiones más favorables para una alimentación saludable», explica Corvalán.

Nota original de Cooperativa Ciencia, por Javiera Mateluna. Publicada el viernes 18 de agosto de 2023.

 

 

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